La respuesta corta es: siempre que haya riesgo de caída desde más de dos metros de altura y no sea viable instalar una protección colectiva —barandilla, andamio o red— que elimine ese riesgo. Pero en la práctica, saber exactamente cuándo aplica esta obligación genera bastantes dudas entre propietarios de edificios, administradores de fincas y responsables de naves industriales. Y cuando hay dudas de este tipo, entonces entramos en escena los especialistas: desde Alvértice Mantenimiento General de Edificios S.L., como instaladores de líneas de vida en A Coruña y Galicia, te podemos dar los detalles al respecto con total precisión.
Qué dice la normativa sobre los trabajos en altura
La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales establece la obligación general de proteger a los trabajadores frente a cualquier riesgo, incluidas las caídas en altura. El Real Decreto 2177/2004 concreta esta obligación para los trabajos temporales en altura: primero deben considerarse las protecciones colectivas y, solo cuando estas no sean técnicamente viables, se recurre a sistemas de protección individual como las líneas de vida que instalamos en Galicia. La norma técnica de referencia para su diseño e instalación es la UNE-EN 795:2012, que regula los requisitos de los puntos de anclaje.
Edificios y situaciones que nos obligan a instalar líneas de vida en Galicia
La instalación de líneas de vida se convierte en obligatoria, en la práctica, en los siguientes supuestos:
- Cubiertas inclinadas o planas con acceso periódico para mantenimiento, limpieza de canalones, revisión de antenas o placas solares
- Fachadas acristaladas o con paneles ventilados que requieren trabajos de limpieza o inspección
- Naves industriales, centros logísticos y edificios con instalaciones técnicas en altura
- Comunidades de vecinos con azoteas o terrazas a las que acceden operarios con regularidad
- Cualquier obra de rehabilitación o reforma que implique trabajos sobre cubierta
Qué ocurre si no se instalan cuando son necesarias
No disponer de un sistema anticaídas homologado cuando la normativa lo exige puede derivar en sanciones por parte de la Inspección de Trabajo y, en caso de accidente, en responsabilidades penales para el propietario o promotor de la obra. Además, cualquier empresa que realice trabajos en esa cubierta sin medios de seguridad adecuados estaría incurriendo en una infracción grave según la LPRL.
¿Necesita instalar una línea de vida en A Coruña? Consulte con nosotros cualquier duda
Si tiene dudas sobre si su edificio necesita una línea de vida en A Coruña o Galicia, la mejor forma de saberlo es a través de una valoración técnica. Desde Alvértice Mantenimiento General de Edificios S.L. nos ponemos a su disposición y, además, lo hacemos para garantizarle una instalación totalmente homologada y que cumpla con la normativa. ¡Contacte con nosotros y redactamos su proyecto!